Las Elecciones Catalanas de 2021: una vez más avanza el sector independentista

El domingo 14 de febrero, con una participación del 53.38% de los electores hábiles para votar; es decir, 2,874,610 de 5,623,962, la más baja en esta comunidad autónoma; los catalanes concurrieron nuevamente a las urnas para elegir su parlamento (“Parlament”). En ellas empataron en el número de diputados electos el Partido Socialista Catalán (Partit dels Socialistes de Catalunya) con un 23.04% de los votos y aumentando en 16 el número de diputados elegidos en el 2017 para un total de 33; y Esquerra Republicana de Catalunya-Catalunya Sí (ERC-Cat-Sí), con 21.3% de los votos y el incremento de un escaño con relación a las anteriores elecciones, para igualmente un total de 33 diputados. Por su parte la agrupación Junts per Catalunya (JxCat) obtuvo el 20.04% de los votos, eligiendo 32 diputados, dos menos que en las pasadas elecciones.

El parlamento de Catalunya lo conforman 135 diputados, por lo que entre estas primeras tres organizaciones se configura una mayoría de 98 diputados. Los restantes partidos eligieron en total a 37 diputados, a saber: VOX con 11 diputados; Candidatura d’Unitat Popular (CUP) con 9 diputados; Catalunya en Comú-Podem (Cat-Comú) con 8 diputados; Ciutadans (Cs) con 6 diputados; y el Partido Popular con 3 diputados. Destaca en estos resultados, de un lado, la pérdida por Ciutadans de 30 diputados con relación a las anteriores elecciones; y de otro, el lugar en que queda como rabiza de los demás el Partido Popular, el cual pasa a ocupar una última posición.

Ya se discute cómo podrían agruparse las distintas fuerzas para formar gobierno. Por ejemplo, si se une el PSC, ERC y En Comú Podemos, como fuerzas de la llamada izquierda, lograrían en conjunto de 74 escaños, lo que les daría la oportunidad de formar gobierno. Otra ecuación sería que se unan los partidos independentistas (ERC, Junts per Catalunya y CUP), donde hay diputados de izquierda, centro y derecha, que también obtendrían el total de 74 escaños. Si el criterio fuera agrupar las derechas e izquierdas no independentistas como son (PSC, Vox, En Comú Podemos, Ciudadanos y el Partido Popular), todas ellas en conjunto no alcanzarían la mayoría requerida para formar gobierno ya que solo conseguirían 61 diputados. De ahí que el principal dirigente de ERC, Orio Junqueras, en contraposición al dirigente del PSC, Salvador Illa, ya anuncie su disposición a formar un gobierno con diputados independentistas que siga adelante en el propósito de “culminar la república catalana.” Así también se ha expresado la dirigente de Junts per Catalunya, Laura Borrás. Por su parte, la CUP, también independentista, habiendo duplicado sus escaños, sería la que decidiría un gobierno independentista en Catalunya.

Estas elecciones se producen a tres años y medio del decreto de independencia catalán y la aplicación por parte del Gobierno Central del Artículo 155 de la Constitución española, el que establece que el Estado español es uno unitario e indivisible, por lo que prohíbe la secesión.

No resulta fácil pretender, desde el otro lado del Océano Atlántico, ofrecer con algún detalle una explicación en torno al origen de los sucesos que hoy enfrenta el pueblo catalán en su forcejeo político con el Estado español, incluyendo un gran sector de su propia población, en su reclamo de soberanía e independencia. Siempre estará presente la tendencia a analizar tales sucesos escrutando su desarrollo con el prisma de lo que ha sido el proceso igualmente histórico del pueblo puertorriqueño en su lucha por la libre determinación e independencia. Si bien nuestra experiencia puede servirnos de referente correcto a la hora de procurar entender el proceso catalán; también está presente el riesgo de que, a partir de nuestra realidad, se limite el entendimiento de nuestros lectores para comprender las actuales dimensiones del drama político catalán con una perspectiva diferente. 

Catalunya es un territorio localizado dentro del Estado español el cual ocupa una superficie de 32 mil kilómetros cuadrados; es decir, Catalunya es alrededor de tres veces y media el tamaño de Puerto Rico, que mide 9,104 kilómetros cuadrados, Si compara con el resto del Estado español, que mide 195,364 kilómetros cuadrados, éste sería aproximadamente poco más de seis veces el tamaño de Catalunya. Por su ubicación geográfica, limita en la porción Norte con Francia y el Principado de Andorra; al Sur con la Comunidad de Valencia; al Este con el Mar Mediterráneo; y al Oeste con Aragón. Catalunya cuenta con una población que excede los 7.78 millones de personas, lo que equivale a más del 16% de la población del Estado español. Catalunya también es considerada por muchos, desde el punto de vista económico, la más importante de las comunidades autónomas de España, teniendo el 25% de sus exportaciones y el 19% del PIB. 

Entre sus primeros proyectos dirigidos a alcanzar su autogobierno en el siglo 20, se encuentran el de la Mancomunidad de Catalunya desarrollado entre 1913 y 1923; la restauración de la Generalitat de Catalunya y la aprobación de su Estatuto de Autonomía durante la Segunda República (el cual fue abolido dentro del marco del fin de la Guerra Civil en 1939 y la instauración de la Dictadura Franquista); la restauración del Estatuto de Autonomía en 1979 bajo la Constitución española de 1978; y más adelante, el desarrollo de sus competencias autonómicas dentro del marco de las modificaciones hechas a la misma.

Desde la caída del franquismo y la llegada de la democracia representativa a España en 1978, el movimiento independentista en Catalunya se ha ido fortaleciendo. Para la mayoría de los catalanes, independientemente su postura con relación al tema de la independencia catalana, no existe división conceptual alguna en reconocer que Catalunya es una nación, diferenciada del resto del Estado español, con los elementos definitorios de ser una comunidad de seres humanos, históricamente conformada con un territorio común, un vínculo económico común, un idioma común y una sicología común, que se traduce en una cultura común. De hecho, así lo ha definido su Parlamento catalán en su relación actual con el gobierno central al proponerlo expresamente como parte de las disposiciones del Estatuto de Autonomía vigente. Si bien dicho Estatuto fue modificado por el Congreso de Diputados de España, su Preámbulo quedó sin modificar y del mismo surge tal reconocimiento. Su artículo segundo reconoce la condición nacional de Catalunya.

Para las y los puertorriqueños, que tenemos un problema a resolver dentro del marco del ejercicio del derecho a la libre determinación e independencia, el análisis de los sucesos en Catalunya, tiene gran importancia, no solo por sus coincidencias, sino también a partir de sus diferencias. Si bien de una parte podríamos afirmar que la independencia nacional constituye un elemento reivindicativo e histórico para ambas nacionalidades; de otro lado, las relaciones políticas entre Puerto Rico y Estados Unidos y las actuales relaciones políticas de Catalunya con el Estado español, tienen importantes diferencias. El grado de autonomía del cual goza Catalunya frente al Estado español es diferente en competencias a aquel del cual goza Puerto Rico ante Estados Unidos.

El 23 de enero de 2013 el parlamento catalán aprobó con 85 votos a favor, 41 votos en contra, 2 abstenciones y 5 parlamentarios que se negaron a votar, una “Declaración de Soberanía y del derecho a decidir del Pueblo de Catalunya”. En ella afirmó que “el pueblo de Catalunya tiene, por razones de legitimidad democrática, carácter de sujeto político y jurídico soberano”, el derecho a decidir su independencia. En consecuencia, proclamaron “el derecho de los ciudadanos de Catalunya a decidir su futuro político colectivo.” Esta Declaración, sin embargo, fue dejada en suspenso por el Tribunal Constitucional de España al considerarla “un acto de poder constituyente” y “un desafío abierto contra la Constitución”.

En la medida en que el Parlament de Catalunya ha invocado, mediante su ejercicio soberano, el desafío a la Constitución del Estado español de 1978 y ha invocado, además, el poder constituyente; es correcta la apreciación del Tribunal Constitucional español a los efectos de que la declaración emitida por el Parlament, en efecto, es una Declaración de Independencia. En ella se reivindica, como sujeto soberano al pueblo catalán, el que en el ejercicio de tal soberanía, proclama su derecho a la secesión con respecto al Estado español.  Esta conclusión jurídica, sin embargo, no resuelve el problema político planteado. Después de todo, el derecho de un pueblo al ejercicio de la libre determinación y el derecho de este a ejercer su prerrogativa constituyente, no puede quedar sujeto a la determinación de otro pueblo que se propone inhibir el ejercicio del tal facultad y derecho.

Nadando aún más contra la corriente oficial, el lunes 9 de noviembre de 2015, la mayoría independentista del Parlament catalán aprobó una nueva propuesta. En ella declaró el inicio de la creación de un “Estado catalán independiente en forma de república”. En aquella votación los votos del “Junt per Sí” y la CUP fueron suficientes para impulsar el proceso donde, además, los diputados de “Catalunya Si que es Pot”, también se sumaron al reclamo de independencia. De los 135 diputados en el parlamento, 72 se expresaron en favor del SI, mientras 63 se expresaron por el NO. Esta vez, a diferencia de la anterior votación, no ocurrieron abstenciones. 

El acuerdo alcanzado en aquel momento por la mayoría parlamentaria presupuso que, en un plazo máximo de treinta días, se iniciara el trámite de “las leyes de proceso constituyente, de seguridad social y de hacienda pública”, que abrieran el paso a una futura constitución catalana. En su determinación, el Parlament rechazó supeditar su determinación independentista “a las decisiones de las instituciones del Estado Español, en particular el Tribunal Constitucional”. Lo anterior suponía, aunque así no fuera expresado, una abierta Declaración de Independencia. Representaba, además, el desafío al mismo tribunal que en 2013 limitó y deslegitimó al Parlament de Catalunya.

La reacción del jefe del gobierno central en aquel momento, Mariano Rajoy del Partido Popular, no se hizo esperar. Estableciendo consensos en lo fundamental con el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), Ciudadanos, e incluso con Podemos, previa consulta con el Rey Felipe VI, el presidente del gobierno recurrió ante el Tribunal Constitucional de España para que éste dejara sin efecto el acuerdo adoptado por el Parlament catalán. Rajoy había indicado que utilizaría todas las herramientas que le provee la Constitución española para detener la secesión de Catalunya, incluyendo la destitución de sus principales funcionarios electos y su procesamiento judicial.

Con un lenguaje ambiguo, Rajoy señaló: (a) que el Gobierno no permitiría que la situación en Catalunya continuara; (b) que para ello utilizaría “todos los medios del Estado de derecho, y solo los medios del Estado de derecho”;  (c) que esperaba que “este sea el último empeño de los independentistas”; y (d) que el gobierno pondría en marcha todos sus recursos “para que nadie pueda arrogarse poderes ilimitados fuera de la ley”. Así lo hizo.

Se ha indicado que en las elecciones de 2015 en Catalunya los grandes problemas fueron que al ser convocadas, su llamado fue hecho por una entidad a las que no les correspondía tal convocatoria; que las elecciones habían sido convocadas para elegir diputados a una institución ya intervenida por el gobierno central de Madrid; y que fueron realizadas en un contexto donde un gran número de dirigentes o candidatos estaban prisioneros o en el exilio. Sin embargo, pese a todo, con una participación de alrededor el 79% de los electores habilitados para votar, los sectores independentistas obtuvieron la mayoría de los escaños parlamentarios, aunque no la mayoría absoluta de los votos. Desde esa nueva realidad, se impulsó un nuevo proceso de consulta a los catalanes, convocándose a otra votación tipo referéndum para el 1 de octubre de 2017. De ganar el SI a la independencia, la misma sería proclamada dos días después de anunciado el resultado.

Esta consulta, suspendida por el Tribunal Constitucional del Estado español del 7 de septiembre de 2017 por considerarla ilegítima, se llevó a cabo a pesar de las incautaciones por parte de la policía de urnas y papeletas. Con el voto de 2,262,424 electores, representando el 43.03% de los votantes hábiles, el SI obtuvo 2,020,144 votos, frente al NO que obtuvo 176,565 votos. El 10 de octubre de 2017 Puig de Mont, presidente de la Generalitat, proclamó la independencia de Catalunya, aunque dejó en suspenso sus efectos, requiriendo del gobierno central el inicio de conversaciones y negociaciones.

El 11 de octubre, al día siguiente de la proclamación de la independencia, el gobierno central intimó al dirigente catalán a expusiera, si en efecto, se había declarado la independencia, ello bajo la amenaza de activar el Artículo 155 de la Constitución. Si bien se hizo por el gobierno central un llamado a iniciar conversaciones, lo hizo dentro del marco y reconocimiento del Estado unitario español. El día 21 de octubre se inició por parte del gobierno central el proceso de implantación del Artículo 155 de la Constitución; mientras el 27 de octubre, por conducto del Senado, el gobierno central activó la ejecución del referido Artículo, a lo que el gobierno catalán respondió ese mismo día votando a favor de su independencia.

A partir de este evento, se ha venido desarrollando en Catalunya un proceso de forcejeo entre aquellas fuerzas que promueven la independencia y aquellas que prefieren que Catalunya se mantenga como parte del Estado unitario español, según definido en la Constitución. Algunas de las fuerzas que así lo estiman, sin embargo, a diferencia de los sectores más de derecha, están en disposición a discutir un nuevo arreglo de naturaleza autonómica superior al presente con Catalunya. Sin embargo, la negativa del gobierno central a moverse en tal dirección ha traído como resultado la agudización del sentimiento secesionista en Catalunya. El resultado de las presentes elecciones envían un claro mensaje en esta dirección.

Hay que colocar el oído en tierra para estar pendientes de los futuros sucesos en esta importante nación que después de todo, forma parte de lo que reconocemos es un Estado multinacional en España.

Share:

Author: Alejandro Torres Rivera

Nacido en Vega Baja, es un reconocido abogado laboral en San Juan, además de ser un prolífico escritor sobre asuntos políticos, laborales e históricos. Durante los años 2016-2018 fue Presidente del Colegio de Abogadas y Abogados de Puerto Rico. Actualmente es miembro de la Dirección del Movimiento Independentista Nacional Hostosiano (MINH).